Todos realizamos de forma habitual multitud de tareas en el ámbito doméstico, limpieza, mantenimiento, bricolaje, almacenamiento de objetos, ect. En el ámbito laboral estas tareas se encuentran reguladas por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
- Según lo establecido en el artículo 3.4 de la citada Ley “La presente Ley tampoco será de aplicación a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. No obstante lo anterior, el titular del hogar familiar está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene”.
Aunque no sea de aplicación la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a las tareas que habitualmente realizamos en nuestro ámbito doméstico, nosotros debemos ser los primeros interesados en proteger nuestra propia seguridad y salud.
Los productos químicos son utilizados habitualmente en el ámbito doméstico para la limpieza y mantenimiento del hogar. El RD 374/2001 establece las medidas de protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Lo más importante en el ámbito doméstico es seguir las instrucciones del etiquetado del producto, que de forma resumida establece las instrucciones para su uso, los riesgos a los que nos podemos ver sometidos y las medidas de prevención que debemos adoptar. También podemos bajarnos de internet la ficha de seguridad del producto en el caso que lo consideremos oportuno, el fabricante o distribuidor tiene la obligación de facilitárnosla. Lo más importante de todo, en caso de accidente es consultar al Servicio Médico de información Toxicológica (Teléfono 91 562 04 20).Puedes dejar tus comentarios más abajo.
